El titular de la central nuclear Ascó I (Tarragona) ha notificado al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), siguiendo el procedimiento establecido, que ha iniciado una parada no programada del reactor en aplicación de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) de la central. La entrada en la acción de la ETF que ha requerido el inicio de dicha parada no programada se ha debido a la inoperabilidad del secuenciador de cargas del tren A de la barra de salvaguardias. Este hecho no ha tenido impacto en los trabajadores, el público ni en el medioambiente.
Tal y como establece el diseño de la planta, tras producirse una señal de perdida de potencia exterior en la barra de salvaguardias de tren A, se ha producido el arranque y acoplamiento del generador diésel correspondiente, pero el secuenciador de cargas no ha actuado de manera automática, tal y como se requiere en esta situación.
El titular, siguiendo el procedimiento estipulado, ha procedido al arranque manual de las cargas secuenciadas del tren A y ha declarado el secuenciador inoperable, iniciando la parada no programada de la planta hasta parada fría en aplicación de la acción correspondiente.
Una vez restablecida la alimentación eléctrica a la barra de salvaguardia desde su alimentación normal, se ha parado manualmente el generador diésel.
Cuando se realicen las debidas comprobaciones que permitan determinar la causa del fallo del secuenciador y recuperar la operabilidad del mismo, la central procederá a sincronizarse de nuevo a la red eléctrica.
El CSN, según se establece en sus procedimientos, ha informado a través de su página web de la recepción de notificación de este suceso.
Con la información disponible hasta este momento, se clasifica con nivel 0 (fuera de escala) en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES).
Tal y como establece el diseño de la planta, tras producirse una señal de perdida de potencia exterior en la barra de salvaguardias de tren A, se ha producido el arranque y acoplamiento del generador diésel correspondiente, pero el secuenciador de cargas no ha actuado de manera automática, tal y como se requiere en esta situación.
El titular, siguiendo el procedimiento estipulado, ha procedido al arranque manual de las cargas secuenciadas del tren A y ha declarado el secuenciador inoperable, iniciando la parada no programada de la planta hasta parada fría en aplicación de la acción correspondiente.
Una vez restablecida la alimentación eléctrica a la barra de salvaguardia desde su alimentación normal, se ha parado manualmente el generador diésel.
Cuando se realicen las debidas comprobaciones que permitan determinar la causa del fallo del secuenciador y recuperar la operabilidad del mismo, la central procederá a sincronizarse de nuevo a la red eléctrica.
El CSN, según se establece en sus procedimientos, ha informado a través de su página web de la recepción de notificación de este suceso.
Con la información disponible hasta este momento, se clasifica con nivel 0 (fuera de escala) en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES).